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Jesús Luis Alcaide Bautista ejerce la abogacía en Las Palmas de Gran Canaria como integrante y fundador de ABOGASEGUR.

Actualmente es el abogado especializado en ACCIDENTES DE TRÁFICO que realiza mayor número de reclamaciones indemnizatorias en la provincia de Las Palmas.

El reconocimiento y gratitud de los clientes le animan a seguir luchando en la grata pero difícil tarea de defender a las víctimas de accidentes de tráfico frente al actuar abusivo de las entidades aseguradoras.

ABOGASEGUR

Jesús L. Alcaide Bautista
Abogado 2.751 del Iltre. Colegio de Las Palmas
Avda. Juan Carlos I, 17 bis - Oficina 10 (Edif. Coronas)
35019 Las Palmas de Gran Canaria

Teléf. 928 090 555 - 696 369 478
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martes, 9 de julio de 2013

CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS DE GRAN CANARIA (STA. MARIA DE GUIA, ARUCAS, LAS PALMAS DE G.C., TELDE, S.B. DE TIRAJANA)

ABOGASEGUR (despacho de abogados especializado en accidentes de tráfico, reclamación de daños y derecho del seguro) ofrece al público en general (funcionarios de justicia, particulares, procuradores y abogados) el CALENDARIO DE GUARDIAS de los juzgados de Las Palmas de Gran Canaria, Telde, San Bartolomé de Tirajana, Arucas y Santa María de Guía.

PINCHA AQUI PARA ACCEDER AL CALENDARIO DE GUARDIAS DE LOS JUZGADOS DE INSTRUCCION DE GRAN CANARIA. Especial relevancia adquiere este calendario en la reclamación de lesiones derivadas de accidentes de tráfico por vía penal, ya que la mayoría de las reclamaciones se siguen por el juicio de faltas (lesiones causadas por imprudencia tipificadas en el artículo 621 del Código Penal).

No puedo dejar de manifestar mi orgullo y mi confianza en el sistema judicial canario, ya que nuestros médicos forenses actúan con gran profesionalidad e imparcialidad a la hora de emitir informes periciales que permiten reclamar a las aseguradoras las indemnizaciones que legítimamente corresponden a las víctimas de accidentes de tráfico. Actualmente, los médicos forenses constituyen, casi casi, la única barrera frente al prepotente poderío de las compañías de seguros, que basan sus sustanciosas ganancias en la imposición de indemnizaciones muy por debajo de las que la ley establece.

En la actualidad es frecuente que las aseguradoras se nieguen a pagar el concepto de "día impeditivo" a amas de casa, estudiantes, jubilados, deportistas, desempleados y opositores por el hecho de no poder aportar un parte de baja laboral que justifique la situación de incapacidad. La consecuencia viene a ser que estas personas perciben la mitad de la indemnización que legalmente les corresponde. Recordamos que la Ley de Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor (Real Decreto Legislativo 8/2004) define como día impeditivo aquel que incapacita a una persona para desempeñar su actividad habitual, que en el caso de un ama de casa serán sus labores; en el caso de un estudiante u opositor sus estudios; en el caso de un desempleado será la actividad que actualmente realice o la del trabajo que esté incapacitado para realizar; en el caso de un deportista será su entrenamiento; en el caso de un jubilado serán sus tareas, aficiones, ... (pasear, reunirse con sus amigos, tocar el piano, cuidar de sus nietos, ejercer su afición), etc.

Sin embargo, también hay que decir que hay un muy reducido grupo de médicos forenses de Gran Canaria (en concreto 3), que por diversas cuestiones (estar hartos de quienes simulan o exageran lesiones, sentir una sospechosa simpatía por las aseguradoras, o estar cansados y desbordados por el alto número de personas que se ven obligados a reclamar por vía judicial,...) han decidido seguir una línea pericial manifiestamente contraria a los derechos del perjudicado/lesionado. Si hiciéramos una votación entre los abogados especializados en accidentes de tráfico, probablemente saldrían elegidos dentro de este selecto grupo tres médicos forenses, cuyo nombre lógicamente no puedo desvelar.

Por este motivo, el calendario de guardias es una herramienta útil a fin de evitar poner denuncias que, por la fecha del accidente, sabemos que van a caer en un juzgado en el que dichos (tres) médicos forenses ejercen con dudosa ética profesional.

No obstante, también debo señalar que, si somos capaces de demostrar al juez que el médico forense "se equivoca", el juez hará caso omiso de su informe. Por eso, reafirmo mi verificada confianza en la profesionalidad de nuestros jueces, y entono el "mea culpa" por aquellos casos en los que no he sido capaz de desplegar la actividad probatoria necesaria para demostrar al juez que el médico forense se equivoca. No debemos culpar a los jueces pues estós dictan sentencia valiéndose de los medios probatorios que existen en la causa. Pero los abogados debemos escoger la vía que nos permita obtener con mayores garantías una justa indemnización para nuestro cliente, por lo que quizás resulte más sencillo evitar los juzgados en los que reinan estos tres médicos forenses a fin de esquivar el difícil obstáculo que suponen para los derechos de las víctimas de accidentes de tráfico.CALENDARIOS DE GUARDIA JUZGADOS DE GRAN CANARIA (LAS PALMAS DE G.C., TELDE, ARUCAS, STA. MARIA DE GUIA, S.B. DE TIRAJANA)

CALENDARIO DE GUARDIA JUZGADOS DE GRAN CANARIA

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